Leyes 13.298, 13.634 y 13.645
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Básico |
Cuadernillo de leyes y decretos |
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¿Por qué es espinosa la retirada del Regimen del Patronato de Menores? | ![]() |
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Presentación |
Rol del Poder Judicial: Comparación entre los paradigmas de la “situación irregular” y de la “protección integral de derechos” – Marco interpretativo de las leyes de la Provincia de Buenos Aires: 13.298 y la complementaria 13.634, con su correctiva 13.645 dictada para la transición (bloque federal de constitucionalidad) |
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Leyes |
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Guía de aplicación para los países ratificantes de la Convención sobre los Derechos del Niño: Observación General N°5 (2003) del Comité sobre Medidas generales de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño |
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Observaciones Finales del Comité de los Derechos del Niño, resultantes del examen del 2° Informe presentado por Argentina, en virtud del art.44 de la Convención de los Derechos del Niño – 9/10/2002.
En el ítem 67 de estas Observaciones, el Comité subraya la importancia de una práctica de presentación de informes que se ajuste plenamente a lo dispuesto en el artículo mencionado. Excepcionalmente y con la finalidad de ayudar al Estado Parte a cumplir sus obligaciones en materia de presentaciones ajustándose a la Convención, lo invita a que antes del 2/1/2008 -fecha establecida para la próximo informe periódico- presente un informe en el que se combinen los informes periódicos 3° (pendiente) y 4°. |
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Opinión Consultiva OC-17/2002 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, solicitada por la Comisión Intermaricana de Derechos Humanos – 28/8/2002 |
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Ley bonaerense 13.298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños, y su Decreto 300 (Anexo 1) – actualizada con las modificaciones introducidas por la ley 13.634. |
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Ley bonaerense 13.634, sancionada el 28/12/2006, publicada en el Boletin Oficial 25.588 del 2/2/2007, e integrada por tres títulos: Principios generales del fuero de familia y del fuero penal del niño, Fuero de familia, Fuero de la responsabildad penal juvenil y Disposiciones finales. |
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Ley bonaerense 13.645, publicada en el Boletín Oficial n° 25.623 del 23/3/2007, correctiva de la ley 13.634 -complementaria de la ley 13.298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño |
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Decreto 151/2007 del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires -firmado el 13/2/2007 y publicado en el Boletín Oficial bonaerense el 22/3/2007- refrendado además por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad, de Justicia, de Desarrollo Humano y de Salud – Crea el Sistema de Reponsabilidad Penal Juvenil |
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Resolución 166 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires con sus cuatro Anexos – 23/2/2007 |
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Resolución 171 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires sobre Sistema de Promoción y Protección de los Derechos del Niño – 1/3/2007 |
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Anexo I de la Resolución 171: Sistema de Promoción y Protección de los Derechos del Niño. Objetivos y Acciones de las dependencias |
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Anexo II de la Resolución 171: Sistema de Promoción y Protección de los Derechos del Niño. Medidas de protección especial de derechos. |
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Anexo III de la Resolución 171: Guía de intervención para la obtención de prácticas de salud en el marco de los Sistemas de Promoción y Protección de Derechos del Niño y de Responsabilidad Penal Juvenil, en la etapa de transición |
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Anexo IV de la Resolución 171: Traslado de Niños entre los efectores del sistema |
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Anexo V de la Resolución 171: Certificado de actuación del Servicio de Promoción y Protección de Derechos |
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Listado de los Responsables de los Servicios Zonales de Promoción y Protección de Derechos en transición |
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Resolución 172 del Ministerio de Desarrollo Humano sobre el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil – 1/3/2007 |
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Anexo I de la Resolución 172: Sistema de responsabilidad penal juvenil. Objetivos y Acciones de las dependencias |
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Anexo II de la Resolución 172: Sistema de responsabilidad penal juvenil. Instituciones y establecimientos para el cumplimiento de medidas judiciales |
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Anexo III de la Resolución 172: Sistema de responsabilidad penal juvenil. Ingreso a Instituciones y Programas para el cumplimiento de medidas judiciales |
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Anexo IV de la Resolución 172: Sistema de responsabilidad penal juvenil. Ingreso a instituciones de jóvenes inimputables por su edad para el cumplimiento de medidas de seguridad | ![]() |
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Ley nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes “, que se encuentren en el territorio de la República Argentina” |
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Decreto 415, que aprueba la reglamentación de la ley 26.061. |
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Jurisprudencia |
Fallo “M., D. E. y otro” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación – 7/12/2005 – en el que se establecieron los alcances de la “justicia penal de menores” siguiendo, no sólo el mandato de los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional sobre la materia, sino la jurisprudencia de sus organismos internacionales de control. Así, se sigue la interpretación del Comité de los Derechos del Niño (en su análisis del sistema juvenil argentino con referencia a la Convención sobre los Derechos del Niño), del Comité de Derechos Humanos en su interpretación del artículo 14 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos), y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Opinión Consultiva OC- 17/2002). Asimismo, La Corte Suprema afirma claramente que el Comité de los Derechos del Niño es el “intérprete” de la Convención sobre los Derechos del Niño. |
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Fallo “A. , R. M. Privación ilegal de la libertad Violación Homicidio” de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en la causa P80.933 -21/3/2007- en la que se resolvió declarar la inconstitucionalidad del art. 36 del decreto ley 10.067/1983, en cuanto no prevé la intervención del Ministerio Público Fiscal como titular de la acción penal previa al dictado del auto de responsabilidad y de la sentencia consecuente. | ![]() |
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Bibliografía |
“Nueva Ley del Niño de la Provincia de Buenos Aires” – UNICEF – Ministerio de Desarrollo Humano del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires: Documentación sobre la Ley 13.298 en el sitio web del Ministerio de Desarrollo Humano |
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Los intendentes, defensores de los derechos de sus ciudadanos niños: Tema desarrollado en el documento titulado “Hacia un sistema local de protección integral de los derechos” por el Dr. Jorge Rivera Pizarro – Representante de UNICEF en Argentina. |
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Información Básica sobre la Convención de los Derechos del Niño | ![]() |
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Ley 13.298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños
Texto de la ley bonaerense 13.298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños, y de su decreto 300 (Anexo 1) – actualizada con las modificaciones introducidas por la ley 13.634.
Ley 13.634
Texto de la nueva ley bonaerense 13.634, sancionada el 28/12/2006, publicada en el Boletin Oficial 25.588 del 2/2/2007, e integrada por tres títulos: Principios generales del fuero de familia y del fuero penal del niño, Fuero de familia, Fuero de la responsabildad penal juvenil y Disposiciones finales.
El art.98 de la ley 13.634 establece que: “Esta ley es complementaria de la ley 13.298″.
Disuelve los actuales Tribunales de Familia Colegiados de Instancia Única y crea Juzgados de Familia Unipersonales, integrados por un juez de primera instancia, un consejero de familia y un Equipo Técnico Auxiliar conformado por un médico psiquiátra, un psicólogo y un trabajador social. Amplia la competencia del art.827 del Código de Procediemientos Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. Prevé la creación de una Sala especializada en materia de Familia, integrada a las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial.
Suprime la denominación “Asesor de Incapaces exclusivo para Tribunal de Menores” que pasará a nominarse “Asesor de Incapaces”.
Modifica el Dec-ley 7425/1968 -Código Procesal Civil y Comercial-: Sustituye el Libro VIII, modifica los arts. 234 y 236.
Sustituye el art. 3 del Dec-ley 7967/1972 -disponiendo que en los casos contemplados por el art. 482 del Código Civil, segundo párrafo, cuando la policía disponga la internación de una persona en un hospital neuropsiquiátrico, deberá comunicar el hecho dentro de las 24 horas al juez pertinente-.
Disuelve el Fuero de Menores y crea el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, integrado por: Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal, Tribunales de Responsabilidad Penal Juvenil, Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil, Juzgados de Garantías del Joven y Ministerio Público del Joven.
Incorpora el art. 94 quater al Dec-Ley 8031/1973 -Código de Faltas Provinciales-.
Modifica la ley 13298 -Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños-: Modifica los arts. 33, y 35 inc.h; deroga el segundo párrafo del art. 22, el art.28 inc.d y los arts. 40 a 63, 65 y 66.
Modifica la ley 5827 -Orgánica del Poder Judicial-: sustituye los arts. 1, 2 bis, 3, 38, 50, 52 y 61; incorpora el art.52 quinquies, sexies y deroga los Capítulos VI bis y VII del Titulo II y el Capitulo IV del Titulo III. Sustituye el art.23 (Asesor de Incapaces) de la ley 12061 -Ministerio Público
La ley 13.634 ha sido vetada parcialmente por el decreto de promulgación 44/2007 del 18/1/2007, que observa expresiones en los arts. 12, 40, 43, 48, 56, 70, en el encabezamiento del Capítulo VIII del Título III, en los arts. 100 y 104, y observa los incs. 4, 5 y 6 del art. 68 y el art. 72.
Ley nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes:
Texto de la ley nacional 26.061de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes “, que se encuentren en el territorio de la República Argentina”.
Texto del decreto 415, que aprueba la reglamentación de la ley 26.061.